Casación No. 129-2015

Sentencia del 14/10/2015

"... Por lo anteriormente indicado, se concluye que los referidos medios de prueba emitidos en la fase administrativa atendiendo a la facultad que tiene la Sala sentenciadora de revisar la juridicidad del acto administrativo y que con ello estableció que era procedente revocar la resolución impugnada sería materialmente imposible que no haya advertido el contenido de los referidos documentos ya que en ellos constan las cantidades que sirven de fundamento para la formulación del ajuste a la entidad contribuyente..."